Distancias en la Guarenas de Antaño

Hablemos de las distancias en la Guarenas de antaño, cuando Carlos III de Borbón puso énfasis en impulsar el comercio colonial del Reino de España a través de compañías y reglamentos de libre comercio hacia América.

Durante su reinado de 29 años, entre 1759 y 1788, el rey mantuvo un estricto control sobre la producción y el comercio de sus virreinatos, creando además en 1777 la Capitanía General de Venezuela.

Pero una década antes de establecerse la Capitanía General de Venezuela con la emisión de la Cédula Real de Carlos III, la denominada Provincia de Venezuela mantenía igualmente un control desde Caracas de la producción y el comercio interno.

Para la segunda mitad del siglo XVIII, la Jurisdicción de Guarenas tenía 39 haciendas de trapiche a plena producción.

Uno de los aspectos a reportar al Gobernador de la Provincia de Venezuela, eran las distancias y tiempos de traslado entre las poblaciones.

En este sentido, presentamos un extracto de oficio fechado el 25 de junio de 1768, redactado por Pedro Felipe de Ibarra y dirigido al Gobernador de la Provincia de Venezuela, Capitán General José Solano y Bote, en donde se mencionan las distancias en la Guarenas de antaño, así como los tiempos de traslado desde Guarenas.

Resalta el uso de la Legua como unidad itineraria de longitud, la cual expresaba de forma imprecisa la distancia que una persona podía recorrer a pie o a caballo durante una hora, aproximadamente cuatro kilómetros.

También se menciona la Jornada de Carga, la cual se refiere a la distancia que se puede recorrer mientras haya sol con una carreta a plena carga, siendo aproximadamente 25 kilómetros.

Se transcribe este oficio respetando su ortografía original dado su valor histórico.

«Quedo esperando hordenes de Ud. y Rogando a Dios Nro Señor guarde la vida de Ud. Guarenas y Junio 25 del 1768″.

«De Usd, su mas, áfecto, humilde y sego servor. Pedro Phe de Ibarra».

En quanto a lo tercero: La distancia que hai de este Pueblo de mi habitación a el de Guatire, que pertenece a mi Jurisdicción, son tres Leguas; y la distancia que hai a los Pueblos vezindarios, Como Caucagua, Capaya, Santa Luzia, Petare, y Baruta; es una Jornada de Carga; y la distancia que hai de este Pueblo de mi habitación a la Capital de Caracas, es una Jornada de Carga”.

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