Fundación de Guarenas

EL VALLE ORIGINARIO: UN ESCENARIO PARA GUARENAS.

Imagina un valle cubierto por un herbazal, atravesado por ríos que bajan de las montañas y se entrelazan para dar frescura y fertilidad. Allí, donde el viento constante que sopla del este acaricia las ramas de la imponente cumaca, y también las del totumo, el jabillo, el dividivi, el mamón, el cotoperís y el guamacho. Un suelo habitado por el mato, el curache, el huariché, la macuracura, la yrapa, el arahuata, el chauiry y el pororó. Una tierra pródiga en frutos como la guayaba, la guanábana, el semeruco, la patilla y la papaya. Pero, por encima de todo, un lugar habitado por nuestro pueblo originario, el sitio donde ocurrió la fundación de Guarenas.

Ese paisaje, regalo de la naturaleza, fue el escenario donde comenzó a escribirse la historia de Guarenas. Pero, como toda historia, siempre hay un origen.

LA PROVINCIA DE VENEZUELA

El 27 de marzo de 1528, el Rey Carlos I de España emitió una real cédula mediante la cual constituía la Provincia de Venezuela, siendo su capital la ciudad de Coro, la cual había sido fundada ocho meses antes. En 1545, la capital de la Provincia se traslada hacia la ciudad de El Tocuyo.

Rey Carlos I de España (Gante, 24 de febrero de 1500 - Cuacos de Yuste, 21 de septiembre de 1558).
Rey Carlos I de España (Gante, 24 de febrero de 1500 – Cuacos de Yuste, 21 de septiembre de 1558).

Pero en 1577, ocurriría un hito importante en la historia de Venezuela. El gobernador de la Provincia, Don Juan de Pimentel, mudó la capital a Santiago de León de Caracas, dada la ubicación estratégica de esta ciudad en el valle del Ávila, con acceso al mar Caribe a través de La Guaira y con tierras fértiles para la agricultura y la ganadería. Desde entonces, toda la zona circundante a la nueva capital se consolidó como el centro político y económico de la Provincia de Venezuela, manteniéndose Coro como centro religioso del obispado.

PRIMERA EVIDENCIA DE LA PALABRA GUARENAS

Para ese entonces, el Real y Supremo Consejo de Indias, recolectaba información del vasto continente formado por las Indias Occidentales. Con esto, se perseguía conocer en detalle los aspectos relacionados a la geografía, hidrografía, clima, población e idioma indígena. De esta manera, se asesoraba al monarca para legislar e impartir justicia, así como supervisar la gestión política, económica y religiosa de los dominios ultramarinos en América.

En 1578, el gobernador Don Juan de Pimentel envió a España un documento titulado: «Descripción de Santiago de León, Gobernación de Venezuela y Nuestra Señora de Carvalleda, 1578» [sic], en donde por primera vez se acuña la palabra «Guarenas» para describir a una tribu indígena que viven en tierra de mucha hierba. Además, en este documento, el gobernador de la provincia también menciona a las etnias chagaragotos y mariches.

Parte del documento titulado: “Descripción de Santiago de León, Gobernación de Venezuela y Nuestra Señora de Carvalleda, 1578”, escrito por el Gobernador de la Provincia de Venezuela, Don Juan de Pimentel. En este documento se asienta por primera vez la palabra "guarenas".
Parte del documento titulado: “Descripción de Santiago de León, Gobernación de Venezuela y Nuestra Señora de Carvalleda, 1578” [sic], escrito por el Gobernador de la Provincia de Venezuela, Don Juan de Pimentel. En este documento se asienta por primera vez la palabra «guarenas». Esto constituye un antecedente importante en la fundación de Guarenas.

LOS ENCOMENDEROS

La figura principal para ejecutar la colonización de los territorios de tierra firme fue el encomendero. Ellos recibían de la Corona Española la asignación de vastos territorios y el mandato de explotar económicamente la tierra, orientado a consolidar la ocupación territorial, asegurar la producción y mantener la lealtad política en las zonas recién ocupadas. Además de esto, la encomienda tenía a su disposición la asignación de esclavos afrodescendientes junto a grupos de indígenas que poblaban estos territorios.

Así, los encomenderos comenzaron a instalar en estas tierras numerosos hatos de ganado para la producción de carne, cueros y corambre, además de cultivos básicos de maíz y café. No había una estructuración ordenada en estas ocupaciones, las cuales se basaban principalmente en seguir y aprovechar el curso de los ríos y las planicies.

Pero la figura del encomendero generó tensiones y abusos que marcaron la historia colonial.

LA ENCOMIENDA Y SUS CONSECUENCIAS

Si bien desde 1542 los indígenas americanos eran considerados vasallos libres de la Corona Española, con los mismos derechos de protección que cualquier español, en la práctica estaban sometidos a las encomiendas, que los obligaba a trabajar para los corregidores en condiciones de servidumbre. Aunque legalmente eran hombres libres con derecho a propiedad y sueldo justo, su incorporación al sistema de encomienda los obligaba a tributar y trabajar para los españoles, generando abusos contrarios a la legislación oficial. Ese sistema de tutela, donde los indígenas pagaban tributo a un encomendero a cambio de protección, terminaba resultando en trabajo abusivo y forzoso.

El tributo indígena era una forma de integrar a los pueblos originarios en la estructura fiscal de la monarquía, justificado bajo la idea de que al ser vasallos libres debían contribuir al sostenimiento de la Corona Española. Pero el pago de tributo a través de trabajo, que se canalizaba a través de los encomenderos, terminó convirtiéndose en despotismos perpetuados por estos corregidores. Además, las encomiendas también tenían la orden de educar a los indígenas, de transmitirles la cultura española, de formarlos en la fe cristiana, de enseñarles modales y el idioma español, cosa que en la práctica no ocurría.

LOS PUEBLOS DE DOCTRINA

Dado todo este escenario deplorable, el Rey Felipe III de España emitió real cédula el 23 de febrero de 1619, ordenando que misiones religiosas se encargaran de reunir a los indígenas en pueblos de doctrina, en los cuales el tutelaje estaría a cargo del cura doctrinero, siendo éste el guía espiritual, encargado de transmitir la enseñanza del idioma y la cultura española, la religión cristiana y las normas ciudadanas, protegiendo a los indígenas de los abusos de los encomenderos. Con ello, el rey pretendía replicar en la Provincia de Venezuela el modelo que ya se aplicaba en los virreinatos de Nueva España (México) y Perú.

Rey Felipe III de España (Madrid, 14 de abril de 1578 - Madrid, 31 de marzo de 1621).
Rey Felipe III de España (Madrid, 14 de abril de 1578 – Madrid, 31 de marzo de 1621). Siguiendo su real cédula de 1619, se hizo la fundación de Guarenas y otros pueblos en l a Provincia de Venezuela.

Esta real cédula contenía un mandato de reducción, de modo que los indígenas fueran congregados en pueblos, con iglesia, plaza, casas y cementerio, conforme al orden que se tenía en otras partes de las Indias. Así mismo, tenía una finalidad religiosa, persiguiendo que los indígenas fuesen adoctrinados en la fe católica y viviesen en cristiandad. Y por supuesto, contenía una finalidad jurídica, procurando facilitar la administración de justicia, cobro de tributos y la consolidación territorial en las Indias. Además, se obligaba a los gobernadores, corregidores y prelados eclesiásticos a que velaran por la ejecución de estas reducciones de indios.

Lamentablemente, la historia muestra una triste realidad, pues mientras la conformación de pueblos de doctrina garantizaba a los indígenas su trato como vasallos libres y súbditos de la Corona, con los mismos derechos que cualquier español, esta real cédula del Rey Felipe III dejaba totalmente desprotegidos a los esclavos afrodescendientes, quienes sufrieron aún más el maltrato de los encomenderos.

LO ECLESIÁSTICO Y LO CIVIL

Emitida la real cédula en 1619, el obispo de Coro, Fray Gonzalo de Angulo, se comprometió con este mandato, emitiendo disposiciones rigurosas para que los curas doctrineros aprendiesen las lenguas indígenas.

Fray Gonzalo de Angulo, quien había tomado posesión de cargo el 20 de noviembre de 1617, mantuvo cooperación con el Gobernador y Capitán General de la Provincia de Venezuela, el bogotano Francisco de la Hoz Berrío y Oruña, en la tarea de regularizar las encomiendas, poblar de indígenas a los pueblos de doctrina y lograr el acatamiento de los tres días estipulados de servicios, dando cumplimiento a la norma fijada por la Corona Española para evitar abusos, por cuanto debía asegurarse de que los encomenderos no exigieran a los indígenas más tiempo de servicio del permitido.

Capitán General Don Francisco de la Hoz Berrío Oruña (-1622), Gobernador de la Provincia de Venezuela desde el 12 de diciembre de 1615 hasta 1621. Durante su gestión, fue artífice de la fundación de Guarenas y otros pueblos de doctrina.
Capitán General Don Francisco de la Hoz Berrío Oruña (-1622), Gobernador de la Provincia de Venezuela desde el 12 de diciembre de 1615 hasta 1621. Durante su gestión, fue artífice de la fundación de Guarenas y otros pueblos de doctrina.

Por esta razón, el obispo Gonzalo de Angulo sostuvo intensos enfrentamientos con los encomenderos, quienes intentaron procesarlo, sin éxito, ante la Real Audiencia de Santo Domingo. Su firme defensa de los indígenas consiguió, incluso, la promulgación de una real cédula que imponía una tasa tributaria a las encomiendas, en sustitución de los servicios personales.

FUNDACIÓN DE PUEBLOS DE DOCTRINA

Francisco de la Hoz Berrío, nombrado Gobernador de la Provincia el 12 de diciembre de 1615, pero ejerciendo a partir del 15 de junio de 1616, se inclinó por fundar poblaciones cerca de las principales ciudades, dado el importante intercambio comercial que se gestaba en esas urbes, permitiendo además facilitar las labores de organización, supervisión y administración de dichos poblados. Esta gesta fundadora la emprendió en sus últimos dos años de mandato, entre 1620 y 1621, acatando lo emanado de la real cédula de Felipe III de 1619.

Es así como el Gobernador Francisco de la Hoz Berrío y Oruña, fundó pueblos de doctrina cerca de las principales ciudades de la Provincia, como lo eran:

  • Nuestra Señora de la Pura y Limpia Concepción de El Tocuyo.
  • Nueva Segovia de Barquisimeto.
  • Nuestra Señora de la Anunciación de Nueva Valencia del Rey.
  • Santiago de León de Caracas.
  • Nuestra Señora de la Madre de Dios de Carora.

Si bien para la fundación de estas poblaciones se seguía requiriendo del concurso de los encomenderos, la realidad es que este fue el comienzo de la desaparición del sistema de encomiendas en la Provincia de Venezuela, eliminando un sistema de privilegios donde solo regía la propiedad privada, sustituyéndolo por un sistema de carácter público y cooperativo.

Ahora los indígenas, reubicados en pueblos, promoverían el sustento agrícola y pecuario, además de facilitar la labor misionera. Se cambiaba así el esquema de indígenas que permanecían bajo la tutela de los encomenderos, viviendo en sus tierras como servicio doméstico, por un esquema de poblados interconectados y sustentados por una red comercial agropecuaria, con una base evangelizadora y de alfabetización. Se daba impulso a la producción de carne bovina y porcina, cacao, café, tabaco y caña dulce.

Francisco de la Hoz Berrío y Oruña siempre mostró un gran fervor urbano y se erigió como el gobernador que tuvo en su haber el mayor número de pueblos de doctrina fundados en la Provincia de Venezuela. Es por ello que, durante gran parte de su mandato de cinco años, estuvo fuera de Santiago de León de Caracas, en una travesía fundadora que lo llevó a distintas partes de la Provincia, hasta la finalización de su mandato en 1621. Un trágico destino le arrebató la vida al naufragar su embarcación en el Mar de las Antillas, cerca de las costas de la Capitanía General de Cuba, durante su regreso a España tras haber culminado su mandato como Gobernador de la Provincia de Venezuela.

El Gobernador Francisco de la Hoz Berrío y el Obispo Gonzalo de Angulo, en una clara conjunción de intereses civiles y eclesiásticos, dictaron una serie de procedimientos que tenían que contemplarse al fundar los pueblos de indios, entre los que destacan:

  • Elegir los sitios más adecuados para el asentamiento de los indígenas.
  • Contar con buenas tierras para la siembra.
  • Asignar lotes de terrenos a los grupos indígenas para su trabajo.
  • Disponer de acceso al agua.
  • Procurar la pronta edificación de iglesia y sacristía para el culto cristiano, consagrándolas a las advocaciones de mayor devoción del lugar.
  • Procurar la dotación de enseres, ornamentos y objetos litúrgicos.
  • Administrar a los naturales los santos sacramentos.
  • Construir una plaza mayor y casas habitables.
  • Construir cementerio y practicar el entierro de difuntos.

De esta manera, los encomenderos estaban obligados a aportar todo lo necesario para cumplir con estas disposiciones.

Entre 1620 y 1621, el Gobernador Francisco de la Hoz Berrío y Oruña y el Obispo Gonzalo de Angulo, fundaron, entre otros, los siguientes pueblos de doctrina:

  • San Jerónimo de Cocorote (1620).
  • San José de Guama (1620).
  • San Juan Bautista de Orachiche, hoy Urachiche (1620).
  • Santa Ana de Sanare (20 de marzo de 1620).
  • San Antonio de Padua de los Naranjos de Humocaro Alto (6 de junio de 1620).
  • Nuestra Señora del Rosario de Humocaro Bajo (6 de junio de 1620).
  • Valle de San Juan Bautista de Duaca (24 de junio de 1620).
  • Nuestra Señora de Altagracia de Quíbor (27 de junio de 1620).
  • San Francisco de Paula de Agua Fría de Baruta (19 de agosto de 1620).
  • San Miguel Arcángel de Acarigua (29 de septiembre de 1620).
  • Nuestra Señora de Guadalupe de La Victoria (18 de noviembre de 1620).
  • Santa Catalina de Cuara (25 de noviembre de 1620).
  • Nuestra Señora de la Candelaria de Turmero (27 de noviembre de 1620).
  • San Joseph de Cagua (29 de noviembre de 1620).
  • San Mateo Apóstol (30 de noviembre de 1620).
  • San José de Siquisique (9 de febrero de 1621).
  • Santa Lucía de Pariaguán, en los valles del Tuy, (10 de febrero de 1621).
  • Nuestra Señora de la Copacabana de las Guarenas (14 de febrero de 1621).
  • Dulce Nombre de Jesús de Petare (17 de febrero de 1621).
  • San Pedro y San Pablo de Antímano (20 de febrero de 1621).

El obispo de Coro y el gobernador de la Provincia de Venezuela, daban cumplimiento a la real cédula emitida en 1619 por el rey, organizando a los indígenas en poblados bajo patronos cristianos, imponiendo un orden social y consolidando el control colonial en la región, evitando además la dispersión de los indígenas en zonas apartadas.

En estas fundaciones se siguió la tradición católica española de bautizar las ciudades según el santo o la advocación mariana correspondiente al día de fundación.

Para esta ardua labor, el obispo de Coro instruyó al vicario de la ciudad de Santiago de León de Caracas, el franciscano Gabriel de Mendoza, para que hiciera la selección y demarcación de cada uno de los terrenos donde se asentaría la iglesia, la casa del cura doctrinero y el cementerio, encargándose además de todos los asuntos eclesiásticos correspondientes al curato.

Por su parte, el Gobernador de la Provincia, ordenó al Capitán Don Pedro José Gutiérrez de Lugo para que actuara como juez comisario, encargándose de todos los aspectos jurídicos para la fundación de los pueblos de doctrina cercanos a Santiago de León de Caracas.

FUNDACIÓN DE UN PUEBLO MARICHES Y CHAGARAGOTOS

El Capitán Pedro José Gutiérrez de Lugo, junto al Vicario Gabriel de Mendoza, habían convenido en reunir en población a las tribus ubicadas al este de Santiago de León de Caracas, las cuales eran conocidas por los exónimos asignados por los españoles a finales del siglo XVI: Mariches y Chagaragotos.

En cabildo constituido por el Capitán Pedro José Gutiérrez de Lugo, el Vicario Gabriel de Mendoza, el cacique Chagaragotos y el cacique Mariches, se acordó la elección y delimitación de unas tierras altas situadas a 4 leguas (22 km) al este de Santiago de León de Caracas, y a 2 leguas (11 km) del asentamiento de la etnia «petare». En dicho cabildo se advertía que los encomenderos ya no podían explotar a los naturales de estas tierras ni tratarlos de forma denigrante, estando obligados a velar por su salud y trabajo. Igualmente, se les notificaba a los indígenas que no podían huir y dejar desolado al nuevo pueblo que se estaba fundando, ya que de lo contrario serían castigados conforme a la ley.

Fundación de Guarenas. Cabildo constituido por el Teniente General Pedro José Gutiérrez de Lugo, el Vicario Gabriel de Mendoza, el Cacique Chagaragotos y el Cacique Mariches. Provincia de Venezuela, a 4 leguas (22 km) al este de Santiago de León de Caracas. Año 1621. Composición IA.
Fundación de Guarenas. Cabildo constituido por el Capitán Pedro José Gutiérrez de Lugo, el Vicario Gabriel de Mendoza, el Cacique Chagaragotos y el Cacique Mariches. Provincia de Venezuela, a 4 leguas (22 km) al este de Santiago de León de Caracas. Año 1621. Composición IA.

Y entonces, el 14 de febrero de 1621 se funda este pueblo de indios, al cual conoceríamos como Guarenas, siendo inicialmente regentado desde Santiago de León de Caracas por Juan Rodríguez Espejo, quien actuaba como como juez de justicia mayor. El primer cura del pueblo fue el presbítero Juan López Brito.

Inicialmente, las encomiendas asignadas para dotar y habitar la nueva población de Guarenas fueron las pertenecientes a:

  • Lucas Martínez de Porras y Ruiz.
  • Micaela Pérez de Ávila (esposa de Lucas Martínez de Porras y Ruiz).
  • Hernando Cerrada y Ávila.
  • Antonio de Cerrada.
  • Francisco Infante de Ponte.
  • Cristóbal Cobos.
  • José Serrano Pimentel.

OPOSICIÓN A LA ORDENANZA REAL, ECLESIÁSTICA Y CIVIL

Pero no todo avanzó como se esperaba. A dos años de la fundación del pueblo, los encomenderos se resistían a sufragar los gastos de construcción y dotación de la iglesia, así como de la casa cural, plaza mayor, cementerio y casas para los indígenas. En ellos aún habitaba la idea de explotar a los indígenas en las labores agropecuarias y no en brindarles protección y trato digno. Es por ello que, con toda intención, retrasaron la construcción del pueblo, negándose a cumplir con estas obligaciones que les habían sido asignadas a plazo determinado.

A pesar de las exhortaciones del Obispo Gonzalo de Angulo, esta penosa situación se mantuvo, lo que trajo como consecuencia la excomulgación de estos encomenderos ante el incumplimiento de sus obligaciones.

De ellos, se resalta a Lucas Martínez de Porras y Ruiz, natural del otrora municipio Pontón de Don Gonzalo en la provincia española de Córdoba, ya que fue el único que cumplió con sus obligaciones como encomendero de Guarenas y, por lo tanto, no fue excomulgado. Don Lucas Martínez de Porras y Ruiz, poseía hatos de ganado vacuno, cultivaba maíz y caña dulce, y era propietario de un trapiche de tracción animal.

Los encomenderos excomulgados apelaron ante la Real Audiencia de Santo Domingo, para que como tribunal de justicia del poder real abogara por ellos. Incluso, presentaron su caso ante el Concilio Provincial, intentando resolver el asunto entre la Iglesia y el poder civil a través de una asamblea eclesiástica. Sin embargo, la Real Audiencia de Santo Domingo falló a favor del Obispo Gonzalo de Angulo.

Los encomenderos, ahora perdonados por el obispo, pero al mismo tiempo obligados por una orden emanada de la Real Audiencia de Santo Domingo, cedieron ante la presión jurídica e iniciaron la construcción del pueblo en 1623, cumpliendo así con la disposición del Rey de España.

El urbanismo del pueblo siguió el modelo colonial de traza reticular, con una plaza mayor central, rodeada por la casa de gobierno, la iglesia, la casa cural, el cementerio, las casas de los indígenas y españoles, reflejando el deseo de los encomenderos de replicar el orden urbano español.

Fundación de Guarenas. Construcción de su iglesia, plaza mayor y cementerio. Composición IA.
Fundación de Guarenas. Construcción de su iglesia, plaza mayor y cementerio. Composición IA.

REUBICACIÓN DEL PUEBLO: SE INCORPORAN LOS GUARENAS.

Posteriormente, en una fecha no determinada, el Capitán Pedro Gutiérrez de Lugo, con la aprobación del Vicario Gabriel de Mendoza, reubicó la población a 5 leguas (27 km) hacia el este de su sitio de fundación original, específicamente a un amplio espacio perteneciente a la encomienda del Capitán Antonio Gámez de Acosta. Este nuevo asentamiento se levantó en un hermoso valle, donde confluyen varios ríos y se distingue una zona elevada, propicia para la construcción del pueblo, junto a una amplia llanura destinada a las labores agropecuarias.

Ahora la nueva población estaría integrada no solo por las etnias mariches y chagaragotos, sino también por la etnia guarenas.

Décadas más tarde, surgirían haciendas de gran productividad, cuyos encomenderos las distinguieron con nombres tomados tanto de la lengua española como de las lengua indígena. Entre ellas se contaban Iscaragua [sic], El Cercado, Curupao, El Rincón, Guayabal, Santa Cruz, Casarapa, Potuco, Auyarito, Auyare, La Soledad, Cumbe, San Pedro, Vega Arriba y Vega Abajo, entre otras.

ADVOCACIÓN MARIANA Y RAÍZ ORIGINARIA

Es importante destacar que el Obispo Gonzalo de Angulo, al asumir su cargo, continuó propagando el culto de la Virgen de Copacabana, el cual había sido oficializado en 1607 por el Obispo Fray Antonio de Alcega.

Además, el Gobernador Francisco de la Hoz Berrío y Oruña era muy devoto de la Virgen de Copacabana. Por ello, en 1618 le ordenó al Ayuntamiento de Santiago de León de Caracas que la nombrara como «Abogada de las Lluvias», y que cada año cuando la sequía hostigara al pueblo se fijara un día para su procesión.

Los encomenderos establecidos al este de Santiago de León de Caracas, también se habían hecho devotos de la Virgen de Copacabana, consagrando sus hatos y haciendas a esta advocación mariana, encomendando sus cosechas a la abogada de las lluvias.

De ahí, que el nuevo pueblo, fundado en tierra de la etnia «guarenas», bajo la supervisión del Obispo Gonzalo de Angulo y del Gobernador Francisco de la Hoz Berrío y Oruña, fuera denominado Nuestra Señora de Copacabana de las Guarenas.

Virgen de Copacabana, Guarenas
Fundación de Guarenas. Virgen de Nuestra Señora de Copacabana.

DENOMINACIONES HISTÓRICAS DE GUARENAS: LA TRANSFORMACIÓN DE UN TOPÓNIMO.

No hay que perder de vista otras denominaciones que tuvo Guarenas y que se hallan en los documentos eclesiásticos: «valle», «villa» y «pueblo», ya que representan un dato valioso que evidencia los cambios ocurridos en Guarenas, ya sea en su dimensión poblacional, geográfica o en su infraestructura. En este sentido, la documentación evidencia en tiempos históricos diferentes las denominaciones «Valle de las Guarenas», «Villa de las Guarenas» y «Pueblo de las Guarenas».

En las fe de bautismos que reposan en el Archivo Parroquial de Guarenas, pertenecientes al primer tercio del siglo XVII y cercanas al año que aceptamos fue fundado el pueblo, se constata que no se usa como denominación del lugar el término «pueblo». Tampoco se hace referencia al nombre Guarenas, ni ningún otro fonéticamente parecido.

Casa Parroquial de Guarenas.
Casa Parroquial de Guarenas.

De nuevo, esto representa un aspecto resaltante en la denominación de lugar, ya que podría indicar que la infraestructura de ese momento no permitía aún designar al lugar como pueblo, y que el espacio geográfico donde se asentaba no era aún el de la etnia guarenas.

Esta ausencia de la palabra «pueblo» se constata en todas las fe de bautismo firmadas por el cura interino Fray Baltasar de la Motta en el año 1660.

Fe de bautismo firmada por Fray Baltasar De La Motta el 21 de abril de 1660, en donde no establece denominación para el pueblo de Guarenas.
Fe de bautismo firmada por Fray Baltasar De La Motta el 21 de abril de 1660, en donde no establece denominación para el pueblo de Guarenas.

Así mismo y durante los años 1660 y 1661, el cura interino Fray Gaspar de Los Reyes firmó todas las fe de bautismo haciendo referencia del lugar como valle y no como pueblo. Tampoco usa el nombre Guarenas.

Fe de bautismo firmada por Fray Gaspar De Los Reyes el 21 de septiembre de 1660, en la cual denomina al lugar como valle, no mencionando a Guarenas u otro vocablo fonéticamente parecido.
Fe de bautismo firmada por Fray Gaspar De Los Reyes el 21 de septiembre de 1660, en la cual denomina al lugar como valle, no mencionando a Guarenas u otro vocablo fonéticamente parecido.

El primer topónimo documentado como Pueblo de las Guarenas se encuentra en una fe de bautismo del 30 de diciembre de 1662, firmada por Don Gerónimo Riveros.

Fe de bautismo firmada por Don Gerónimo Riveros, cura doctrinero, el 27 de diciembre de 1662, en la cual denomina al lugar como "Pueblo de las Guarenas".
Fe de bautismo firmada por Don Gerónimo Riveros, cura doctrinero, el 27 de diciembre de 1662, en la cual denomina al lugar como «Pueblo de las Guarenas».

Llama además la atención que el término cura doctrinero comienza a observarse precisamente en esta fe de bautismo firmada por Don Gerónimo Riveros en 1662.

Estos antecedentes denotan un cambio importante en la denominación y constitución del lugar, pues se sustituye el término valle por el de pueblo, además de asignarle el exónimo «las Guarenas».

Esta denominación de Pueblo de las Guarenas se continúa observando entre 1663 y 1684, tanto en las actas de defunción como en los libros de bautismos para blancos, negros, indios, pardos y mulatos, firmado por el cura propietario Don Lorenzo De Zurita.

El siguiente hito histórico lo encontramos en una fe de bautismo fechada el domingo 18 de junio de 1684, donde el presbítero Don Lorenzo De Zurita emplea por primera vez el topónimo Pueblo de Nuestra Señora de Copa Cavana de los Guarenas [sic].

Fe de bautismo firmada por Lorenzo De Zurita el domingo 18 de junio de 1684, denominando al lugar como Pueblo de "Nuestra Señora de Copa Cavana de los Guarenas", usando el artículo determinado masculino plural "los" y estableciendo la consagración del pueblo a la advocación mariana.
Fe de bautismo firmada por Lorenzo De Zurita el domingo 18 de junio de 1684, denominando al lugar como Pueblo de «Nuestra Señora de Copa Cavana de los Guarenas», usando el artículo determinado masculino plural «los» y estableciendo la consagración del pueblo a la advocación mariana.

El artículo determinado plural «los» empieza a estar ausente a partir del año 1760, tal como se lee en las fe de bautismos firmadas por el cura Don Joseph Antonio Sabino Gómez, quien escribe «Pueblo de Nra Sra de Copacabana de Guarenas».

Fe de bautismo firmada por Don Joseph Antonio Sabino Gómez el 14 de mayo de 1760, llamando al lugar "Pueblo de Na Sa de Copacabana de Guarenas", es decir, sin usar el artículo determinado plural "los".
Fe de bautismo firmada por Don Joseph Antonio Sabino Gómez el 14 de mayo de 1760, llamando al lugar «Pueblo de Na Sa de Copacabana de Guarenas», es decir, sin usar el artículo determinado plural «los».

Cuatro años después y apartándonos de los documentos oficiales de la Iglesia, encontramos un documento de la Provincia de Venezuela fechado el 9 de agosto de 1764, firmado por Don Juan Melchor Caraballo y el Capitán Don Pedro Joseph Díaz de Estrada. Se trata de una carta oficial que ellos envían al señor corregidor Don Roque Pérez, quien también era teniente de justicia mayor, preceptor, cabo de guerra y principal juez de comisos. En esta misiva escriben: «Razón individual de los trapiches que están situados en la Jurisdicción del Valle de Guarenas». Aquí se introduce el término jurisdicción, denotando a un pueblo en donde se ejerce la autoridad y se aplican leyes.

Documento de la Provincia de Venezuela, fechado el 9 de agosto de 1764, en el que se lee: “Razón individual de los trapiches que están situados en la Jurisdicción del Valle de Guarenas”.
Documento de la Provincia de Venezuela, fechado el 9 de agosto de 1764, en el que se lee: “Razón individual de los trapiches que están situados en la Jurisdicción del Valle de Guarenas”.

Finalmente, el nombre del pueblo es despojado de su componente religioso en el año 1849, llamándose simplemente Guarenas, tal como se aprecia en las fe de bautismo firmadas por el presbítero interino Santiago Giménez.

Fe de bautismo firmada por el presbítero Santiago Giménez el 12 de junio de 1849, denominando al lugar de forma llana como Guarenas, sin el artículo determinado femenino plural "las" y sin la advocación mariana.
Fe de bautismo firmada por el presbítero Santiago Giménez el 12 de junio de 1849, denominando al lugar de forma llana como Guarenas, sin el artículo determinado femenino plural «las» y sin la advocación mariana.

El nombre Guarenas engloba en esa sola palabra el sentimiento profundo de quienes por alguna razón histórica decidieron llamar al pueblo de esa manera, y de quienes seguimos llamándolo así y no de otra forma.

GUARENAS: FRUTO DE LA FE, LA LEY Y EL TRABAJO

Así se consumó la fundación de Guarenas, tras arduas disputas entre encomenderos y obispos, bajo el amparo de reales cédulas y la vigilancia de la Corona Española. Fue necesario imponer la ley sobre la resistencia, congregar a los naturales en pueblos de doctrina, levantar templos y plazas, y asegurar con fe y disciplina la permanencia de sus habitantes.

Cada acta, cada mandato y cada piedra colocada en sus solares testimonian el esfuerzo de quienes, entre la obediencia al rey y la devoción a la Iglesia, dieron forma a un nuevo orden social. Guarenas nació como fruto de la perseverancia y del sacrificio, como símbolo de la voluntad de proteger y dignificar a sus pobladores originarios.

En su memoria permanece la huella de aquellos días fundacionales, cuando la fe, la ley y el trabajo se conjugaron para dar vida a un pueblo que aún guarda en su nombre la resonancia de su origen y el eco perdurable de su nacimiento.

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